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REGULACIONES PROMOCIONES 2021
PRIMERO: ANTECEDENTE Y DEFINICIÓN
Esta promoción pertenece y es patrocinada por la SOCIEDAD DE SEGUROS DE VIDA DEL MAGISTERIO NACIONAL, en adelante denominada la Sociedad, que con ocasión del contacto con sus asociados para la actualización de datos, los créditos y designaciones de beneficiario tramitadas por primera vez, ha decidido realizar para sus afiliados once sorteos durante el año 2021, que permitirá a 270 asociados ser favorecidos con el premio que adelante se indica, siempre y cuando sean acreditados como ganadores.
SEGUNDO: PARTICIPANTES Y PERÍODO DE LA PROMOCIÓN
Podrán participar todas aquellas personas físicas mayores de edad que, de conformidad con el artículo 496 del Código de Educación, sean asociadas a la Sociedad en el año 2020, siempre y cuando tengan su póliza mutual activa al momento del sorteo, hayan actualizado sus datos, tramitado crédito o designación de beneficiario (s) por primera vez entre el 1 de febrero y el 09 de diciembre de 2021.
Para el primer sorteo de actualización de datos, la fecha de corte será hasta el 17 de marzo, para el segundo sorteo el 09 de junio, el tercero el 22 de setiembre, el cuarto el 12 de noviembre y el quinto el 08 de diciembre de 2021 inclusive, estén al día tanto en el pago de su póliza mutual como en el pago de deudas, tanto en la condición de fiador, de deudor o cualquier otra obligación con la Sociedad y tener su expediente formalizado.
Para el primer sorteo de designaciones de beneficiario por primera vez, la fecha de corte del primer sorteo será hasta el 12 de mayo, para el segundo sorteo el 13 de octubre y el tercero el 10 de noviembre de 2021 inclusive, estén al día tanto en el pago de su póliza mutual como en el pago de deudas tanto en la condición de fiador, de deudor o cualquier otra obligación con la Sociedad y tener su expediente formalizado.
Para el primer sorteo de Crédito por primera vez, la fecha de corte del primer sorteo será hasta el 21 de abril, para el segundo sorteo el 11 de agosto, para el tercero el 01 de diciembre de 2021 inclusive, estén al día tanto en el pago de su póliza mutual como en el pago de deudas tanto en la condición de fiador, de deudor o cualquier otra obligación con la Sociedad y tener su expediente formalizado.
Las promociones son por tiempo limitado, inician el 01 de febrero y finalizan el 09 de diciembre de 2021.
TERCERO: FORMA DE PARTICIPAR
a.- Sorteo actualización de datos
Las personas asociadas deberán actualizar, completar o incluir sus datos personales referentes a su correo electrónico, teléfono celular y dirección en las oficinas centrales o sucursales de la Sociedad, ya sea en forma personal, vía telefónica o electrónica. Al realizar ese trámite, se les asignará un número vía sistema informático con el que participarán en los cinco sorteos correspondientes a la Actualización de Datos.
La Sociedad llevará un registro del número que se le asigne a cada asociado participante.
El número se otorgará una sola vez, independientemente de las veces que el asociado se presente a actualizar, completar o incluir sus datos personales.
Si un asociado no sale favorecido en el primero o segundo o tercer o cuarto sorteo, su número le servirá para participar en el siguiente.
Si un asociado antes del día de la celebración de los sorteos, a saber, 17 de marzo, 09 de junio, 22 de setiembre, 12 de noviembre, 08 de diciembre de 2021 ha fallecido, se encuentra en condición de inactivo, en cobro administrativo, cobro judicial o moroso en alguna de sus obligaciones con la Sociedad, aunque tenga un número asignado y salga favorecido, no tendrá derecho al premio.
A cada asociado se le asignará un número con el que participará en los sorteos, el mismo se le brindará a través de un certificado impreso o digital en el que constará el mismo, así como las condiciones más importantes de este sorteo.
La Sociedad garantiza que el certificado para la Actualización de Datos tendrá una numeración corrida y, además, aclara que la presentación del certificado no es una condición para reclamar el premio.
b.- Sorteo crédito por primera vez
Las personas asociadas que tramiten un crédito por primera vez con la Sociedad en las oficinas centrales, sucursales o por medio de un ejecutivo quedarán participando en los tres sorteos que se llevarán a cabo en el 2021.
Si un afiliado antes del día de la celebración de los sorteos, a saber, 21 de abril, 11 de agosto, 01 de diciembre de 2021, ha fallecido, se encuentra en condición de inactivo, en cobro administrativo, cobro judicial o moroso en alguna de sus obligaciones con la Sociedad, aunque salga favorecido, no tendrá derecho al premio.
c.- Sorteo designación por primera vez
Los asociados que tramiten la Designación de Beneficiarios por primera vez en las oficinas centrales, sucursales o por medio de los ejecutivo o divulgadores de la Sociedad podrán participar en los tres sorteos programados.
Si un afiliado antes del día de la celebración de los sorteos, a saber, 12 de mayo, 13 de octubre, 10 de noviembre de 2021, ha fallecido, se encuentra en condición de inactivo, en cobro administrativo, cobro judicial o moroso en alguna de sus obligaciones con la Sociedad, aunque salga favorecido, no tendrá derecho al premio.
De suceder esto, cada sorteo se volverá a realizar hasta que resulte un favorecido que cumpla con los requisitos para hacerse acreedor al premio.
Los sorteos correspondientes a los créditos por primera vez y Designación por primera vez se realizarán con base en la información obtenida por medio de SIGMA.
CUARTO: FECHA DE REALIZACIÓN DE LOS SORTEOS
Los sorteos correspondientes a la actualización de datos se llevarán a cabo, el primero el 18 de marzo, 10 de junio, 23 de setiembre, 13 de noviembre, 09 de diciembre de 2021.
Los sorteos correspondientes a crédito por primera vez se llevarán a cabo el primero el 22 de abril, el segundo 12 de agosto y el tercero 02 de diciembre de 2021.
Los sorteos para las personas asociadas que tramiten Designación de Beneficiarios por primera vez serán 13 de mayo, 14 de octubre y 11 de noviembre de 2021.
Todos los sorteos se llevarán a cabo a las 9:00 de la mañana en las oficinas centrales de la Sociedad, sita en San José, calle primera, avenidas ocho y diez, ante Notario Público y en presencia de la Auditoría Interna de la Institución.
QUINTO: SORTEOS
Cada sorteo será al azar y a cada asociado participante se le asignará un número según el sorteo correspondiente.
Se considerará ganador el número que concuerde plenamente y en el mismo orden con el número obtenido en el sorteo.
SEXTO: PREMIOS
En total se obsequiarán 270 premios consistentes en una suma de dinero en efectivo, distribuidos de la siguiente manera:
Sorteo | Cantidad Sorteos | Ganadores por sorteos | Total, de ganadores | Monto premio |
Actualización de Datos | 5 | 30 | 150 | ¢125.000,00 |
Crédito primera vez | 3 | 20 | 60 | ¢100.000,00 |
Designación primera vez | 3 | 20 | 60 | ¢100.000,00 |
Los asociados favorecidos en los sorteos tendrán un plazo máximo de un mes para reclamar su premio, contado a partir del momento en que se haga de conocimiento público el resultado de cada sorteo en un medio de circulación nacional.
En la eventualidad de que no se presentase reclamo alguno dentro de ese plazo, se considerará caduco su derecho, de modo tal que la Sociedad lo sorteará nuevamente entre los asociados.
Los premios serán depositados en las cuentas bancarias de los asociados favorecidos.
SÉTIMO: RESTRICCIONES
OCTAVO: DIVULGACIÓN DE LOS GANADORES
La Sociedad publicará en su página web, Facebook, así como en un medio de comunicación masiva los números favorecidos y el nombre de las personas a quien se le haya asignado.
NOVENO: RECLAMO DEL PREMIO
Quienes resulten ganadores, deberán cumplir con las condiciones establecidas en esta regulación y deberá ser mayor de edad. El premio será depositado en la cuenta bancaria presentada por el asociado ganador, en las oficinas centrales, sucursales o medios electrónicos de la Sociedad.
El acto de reclamar un premio dará por un hecho que el reclamante conoce y ha aceptado la existencia de las condiciones y limitaciones de la promoción, su premio y las condiciones de participación.
DÉCIMO: SUPLETORIEDAD
Cualquier asunto no previsto en estas regulaciones será resuelto por la Junta Directiva de la Sociedad, de conformidad con las normativas aplicables, específicamente la Ley 7472 de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor.
Para consultas adicionales de la reglamentación, los interesados pueden acudir a las oficinas centrales, a cualquier sucursal de la Sociedad, o visitar nuestra página web: www.sociedaddesegurosdevida.cr